Los límites a la discrecionalidad judicial en la constitución política de 1991

Autores/as

  • Silvio León Castaño Abogado Consultor

DOI:

https://doi.org/10.18634/incj.18v.2i.464

Palabras clave:

Guarantor Constitutionalism, axiological positivism, ethics, public moral, justice, public order, constitutionality block, judicial discretion.

Resumen

Con el ensayo se pretende demostrar que la discrecionalidad judicial en los procesos ordinarios denominados casos difíciles y/o trágicos está limitada por los diferentes valores y principios positivados en la Constitución Política, por el bloque de constitucionalidad estricto y por la determinación que de los textos constitucionales vagos hacen el Congreso y la Corte Constitucional.Para lograrlo, las contradicciones para definir los conceptos de moral, justicia y  orden público, constituyen el basamento para afirmar que la Constitución Política de 1991 tiene gran carga valorativa, dejando abierta su precisión al Congreso y a la Corte Constitucional en cada momento histórico, respetando en todo caso los valores elegidos por consenso en el texto constitucional, por lo que considerar sus normas como reglas no tiene asidero alguno.Igualmente se harán explicitas las normas constitucionales que obligan a los  jueces a realizar juicios de valor al decidir cada caso, más concretamente se demostrará que la validez de las normas jurídicas pende del cumplimiento de los procedimientos democráticos de expedición de normas, y del respeto por los contenidos valorativos de la dogmática constitucional. 

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Publicado

2016-12-31

Número

Sección

Investigaciones en Derecho y ciencia política